2. En fin, de estos impresentables creo cualquier cosa.... Si tuvieron la osadía de tocar la memoria del General San Martín , cosa que jamás voy a perdonar, que más puedo esperar...
3. Reproduzco lo mas relevante del artículo.. hay que estar atentos...ellos saben que son cadáveres políticos y antes de irse se van a llevar todo..
".....Las versiones que comenzaron a circular sobre el proyecto oficial para nacionalizar el
comercio exterior de commodities agrícolas hizo que uno de los cuatro titulares de la Comisión de Enlace recordara algo que en su momento no le había resultado particularmente importante. Pero ahora sí.El hecho ocurrió el martes pasado durante la reunión mantenida por los dirigentes del agro con los ministros Florencio Randazzo, Débora Giorgi y el titular de la Sagpya Carlos Cheppi.
Mientras uno de los titulares de las entidades discutía con énfasis y pedía explicaciones sobre la implementación del nuevo sistema de cartas de porte, en un momento la delgada figura de Giorgi se inclinó lentamente hacia Cheppi para decirle a media voz lo siguiente: "Si estos supieran que vamos camino a la nacionalización del comercio de granos".
Tal afirmación pasó por alto en medio de las arduas discusiones que había en aquella reunión. Sin embargo, uno de los dirigentes del agro alcanzó a escucharla y al término de la reunión se la comentó a los restantes dirigentes del agro. Entonces no le dieron mayor relevancia. Pero ayer, con los rumores dando vuelta, comprendieron que se trataba de algo más que un comentario al pasar.
Tal afirmación pasó por alto en medio de las arduas discusiones que había en aquella reunión. Sin embargo, uno de los dirigentes del agro alcanzó a escucharla y al término de la reunión se la comentó a los restantes dirigentes del agro. Entonces no le dieron mayor relevancia. Pero ayer, con los rumores dando vuelta, comprendieron que se trataba de algo más que un comentario al pasar...."
Proyecto de Ley:
Creación del Ente Nacional de Promoción y Control Comercial Agropecuario y Agroalimentario (ENPYCCAA)
TITULO I
CREACION
Artículo 1º.- Creación. Créase el ENTE NACIONAL DE PROMOCION Y CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO Y AGROALIMENTARIO (en adelante el ENPYCCAA) como ENTE descentralizado, con autarquía económico-financiera y técnico-administrativa y dotado de personería jurídica propia, en el ámbito del derecho público y privado, en jurisdicción de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.
TITULO II
DE LAS COMPETENCIAS
Artículo 2º.- Fines y acciones. El ENPYCCAA tendrá a su cargo ejecutar las políticas que la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION dicte a fin de garantizar la seguridad alimentaria y la disponibilidad y accesibilidad de alimentos a precios razonables para la población Argentina y asegurar un marco de transparencia, libre concurrencia y competencia en materia de producción, industrialización, distribución y comercialización de alimentos en el sistema agroalimentario argentino que incluirá las siguientes acciones, sin perjuicio de las que en el futuro le asigne la SAGPyA:
a) Promoción de las buenas prácticas comerciales de las personas físicas o jurídicas que operan en el mercado agropecuario y agroalimentario;
b) Sanción de las prácticas desleales, monopólicas, monopsónicas, oligopólicas u oligopsónicas realizadas en producción, industrialización, distribución de alimentos;
c) Seguimiento y control de las exportaciones de productos y/o subproductos agroalimentarios,
d) Aplicación de mecanismos anti-dumping para productos y/o subproductos alimenticios que pudieran dañar el aparato productivo nacional.
e) Compra, venta, almacenamiento y distribución de productos agropecuarios y alimentos por si o por terceros para estabilizar precios y garantizar la seguridad alimentaria a la población Argentina.
f) Implementación de promociones, estímulos, apoyos económicos y beneficios fiscales, para garantizar la seguridad alimentaria de la población, transparencia y competitividad en la cadena agroalimentaria y equidad en la distribución de la renta de la misma.
TITULO V
ORGANIZACION Y DIRECCION
Artículo 19.- La conducción del ENPYCCAA estará a cargo de un (1) presidente, un (1) vicepresidente designados por el Poder Ejecutivo Nacional, y un Directorio integrado por cinco (5) vocales designados a través de concurso publico. El Presidente y Vicepresidente son miembros naturales del Directorio, ejercen su presidencia y lo integran como vocal respectivamente. Se crea un Consejo Técnico Asesor de apoyo al ENPYCCAA integrado por representantes de la SAGPyA, del sistema agroalimentario e instituciones profesionales.

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